lunes, 15 de septiembre de 2008

FONDO EMPRENDER

MARCO JURIDICO
•Ley 789 de 2002, artículo 40.
•Decreto Reglamentario 934 de 2003.
•Decreto 3930 de 2006.
•Acuerdo No. 0007 de 2005, modificado por el 0005 de 2007, Reglamento Interno emitido por el Consejo Directivo del SENA.
•Resolución 001617 de 2006 la cual modifica el Manual de Operaciones.
•Manual de Operación y Financiamiento.

PRIORIDADES DEL FONDO
•Financiar proyectos provenientes de aprendices del SENA y jóvenes universitarios (Estudiantes-Egresados).
•Dirigir recursos hacia proyectos en todos los sectores de la economía nacional.
•Apoyar empresas y generar empleo en todas las regiones del país.
•Buscar a través de Municipios, Gobernaciones, Entidades de Derecho público y privado, de carácter nacional e internacional, mediante contribuciones ampliando el impacto y la cobertura del Fondo.

OBJETIVO
Asignar recursos económicos en calidad de CAPITAL SEMILLA a iniciativas empresariales que provengan y que sean desarrolladas por APRENDICES o ASOCIACIONES ENTRE APRENDICES, PRACTICANTES, ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS Y EGRESADOS.

BENEFICIARIOS

•Alumno SENA que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación.
•Alumnos o egresados de cursos SENA de poblaciones especiales ( Jóvenes Rurales y Jóvenes en Acción), que contemplen un componente de práctica, que haya alcanzado el 50% de la duración del programa. Para el caso de los egresados la certificación se deberá haber obtenido dentro de los últimos 24 meses.
•Alumnos SENA que hayan obtenido certificación en una salida parcial, cuya duración sea mínima de 440 horas y la certificación se haya obtenido dentro de los últimos 24 meses.
•Egresado con certificación de aprobación, emitida por el SENA y/o entidad educativa aprobada por el Estado, de un (1) curso o programa de formación profesional integral con una duración no inferior a 500 horas, que haya culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 24 meses.
•Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
•Personas que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior – primer pregrado reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
•Profesional universitario cuyo primer título haya sido obtenido durante los últimos 24 meses, de un programa de educación Superior reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.
Nota: La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa, integradas por lo menos por el 51% de aprendices, y todos deben ser beneficiarios.

MONTO Y CALIDAD DE LOS RECURSOS
•Si el Plan de Negocio genera hasta cinco (5) empleos, el tope máximo a financiar será de 150 SMLV. $65’055.000.
•Si el Plan de Negocio genera seis (6) o más empleos, el tope máximo a financiar será de 180 SMLV. $78’066.000.
•Si el proyecto requiere un monto mayor para su implementación, debe presentar en el Plan de Negocio la fuente de los recursos restantes.

RUBROS FINANCIABLES
•Si el Plan de Negocio genera hasta cinco (5) empleos, el tope máximo a financiar será de 150 SMLV. $65’055.000.
•Si el Plan de Negocio genera seis (6) o más empleos, el tope máximo a financiar será de 180 SMLV. $78’066.000.
•Si el proyecto requiere un monto mayor para su implementación, debe presentar en el Plan de Negocio la fuente de los recursos restantes.

RUBROS NO FINANCIABLES
•Compra de bienes muebles no relacionados con el objeto del plan de negocio.
•Compra de bienes inmuebles.
•Adecuaciones o remodelaciones no conformen el proceso de dotación técnica y no indispensables.
•Estudios de factibilidad de proyectos.
•Adquisición de vehículos automotores.
•Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.
•Recuperaciones de capital.
•Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.
•Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.
•Formación académica.
•Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales.
•Gastos de viaje y desplazamiento.
•Compra de primas o locales Comerciales.

ETAPAS
El proceso para la formulación, registro, evaluación y asignación de los recursos del FONDO EMPRENDER, se desarrolla en ocho (8) etapas consistentes en:
•Formulación del plan de negocio
•Convocatoria
•Registro y presentación del plan de negocio
•Evaluación de planes de negocio
•Jerarquización y priorización de planes
•Asignación de recursos financieros
•Seguimiento y acompañamiento a beneficiarios
•Control y evaluación de la inversión.

CONDICIONES DE VIABILIDAD
•Técnica: Disponibilidad materias primas e insumos, exista demanda para los bienes o servicios, sostenible en el tiempo, planes de producción e inventarios.
•Financiera: Rentabidad financiera del proyecto.
•Jurídica: Legalidad en su constitución y desarrollo de actividades.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
•Destinar los recursos ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE a la financiación del proyecto productivo y en los rubros financiables establecidos en el Plan de Negocio.
•Los recursos entregados por el Fondo Emprender en ningún caso serán divisibles entre el equipo emprendedor, inclusive en el eventual retiro de uno de los socios.
•Cumplir con los indicadores de gestión acordados con el Fondo.

REQUISITOS PARA CELEBRAR CONVENIOS DE ADHESIÓN
•La Entidad Adherente al Fondo Emprender debe aportar los siguientes documentos:
•Carta de intención
•Copia del Documento de identidad del Representante legal.
•Copia del Documento que acredita la posesión en le cargo. •CDP o Certificado que haga las veces, en donde se señale el valor a aportar.

No hay comentarios: